El mejor mantenimiento

El riesgo de incendio está presente en cualquier edificio, pudiéndose materializar en todos los usos posibles,
tales como el de vivienda, administrativo, docente, hospitalario, comercial e industrial, entre otros. Por ello es
necesario que los edificios dispongan de las instalaciones y equipos de protección contra incendios adecuados.
En el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, se
dedica la Sección SÍ 4 del Documento de Seguridad en caso de Incendio (DB-SÍ) a la “Detección, Control y
Extinción del Incendio” y es donde se establece la dotación de instalaciones de protección contra incendios con
la que deben contar los edificios en función del uso concreto al que están destinados. El Documento Básico SÍ
en el punto II de su Introducción, Ámbito de aplicación, excluye los edificios, establecimientos y zonas de uso
industrial a los que les sea de aplicación el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales
, aprobado por el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. En este reglamento se indica la dotación
de instalaciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales y se establece que las
condiciones de protección contra incendios de las zonas de los establecimientos industriales destinadas a otro
uso y que superan determinados límites son las recopiladas en la Norma Básica de Edificación NBE-CPI/96. En
dicha referencia, la citada norma básica se debe entender sustituida por este Documento Básico SÍ del Código
Técnico de la Edificación. Sin embargo, todo lo referente al diseño, ejecución, puesta en funcionamiento, materiales,
componentes y mantenimiento de estos equipos queda detallado en el Reglamento de las Instalaciones
de Protección contra Incendios
(RIPCI), aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, que fue
modificado por la Orden de 16 de abril de 1998, Normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto
1942/1993.

Los equipos y sistemas de protección contra incendios se instalan con la esperanza de que no llegue el
momento de tener que emplearlos; pero si lamentablemente el incendio se materializa, es necesario y fundamental
contar con ellos convenientemente instalados y mantenidos, ya que en caso contrario no sólo no logran
el objetivo para el que están diseñados, sino que además crean una situación de falta de seguridad, peligrosa
tanto para los ocupantes del edificio como para el conjunto de los bienes.

Resulta evidente la necesidad de que el Servicio de Prevención se ocupe de comprobar si se está llevando
a cabo de forma correcta el mantenimiento de dichas instalaciones, es decir, si se realiza de acuerdo con lo
establecido en la normativa aplicable anteriormente mencionada.

Fuente: INSHT